El Tribunal Supremo avala la postura que ha mantenido Voces Contra el Terrorismo a favor de la ‘doctrina Parot’ y rechaza el recurso presentado por el etarra Juan Ignacio Delgado Goñi, condenado por el intento de asesinato del Teniente Coronel de la Guardia Civil Enrique Rodríguez, entre otros.
REDACCIÓN VCT.- El Tribunal Supremo confirma la aplicación de la ‘doctrina Parot’ en el cumplimiento de las penas impuestas al etarra ‘Goñi’, condenado a 128 años por pertenencia a la banda terrorista ETA, tentativa de asesinato, ocho delitos de terrorismo y tenencia de armas y explosivos. Delgado Goñi recurrió la ‘doctrina Parot’ y el TS ha ratificado su aplicación.
El Tribunal Supremo considera en el auto que la reinserción social del preso “no es un derecho fundamental de la persona que cumple prisión” y establece que “no vulnera el principio de legalidad, ni igualdad ante la ley, ni tampoco la prohibición de aplicar las normas penales desfavorables para el condenado de manera retroactiva.
El auto del Tribunal Supremo avala así la postura que ha mantenido la asociación Voces Contra el Terrorismo, quien ha defendido siempre que un solo asesinato no puede tener el mismo tratamiento penitenciario que doscientos y, por ello, aboga por el cumplimiento máximo de las penas impuestas a los terroristas.
La ‘doctrina Parot’ se encuentra a la espera de otro recurso presentado por la sanguinaria terrorista Inés del Río, que quedó visto para sentencia el pasado 20 de marzo en la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y que podría confirmar o no la tesis del Tribunal Supremo. Voces Contra el Terrorismo espera que se ratifique la vigencia de la doctrina que mantiene en prisión a decenas de terroristas que han perpetrado sangrientos atentados y asesinatos en España.
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